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El juez del caso Begoña Gómez rectifica: encarga un informe sobre una empresa de Barrabés, no sobre Globalia

Avisa a la UCO de que ya no necesita su informe sobre el rescate de Air Europa

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Begoña Gómez en una imagen de archivo EFE

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El juez que instruye la causa abierta contra la esposa del presidente del Gobierno por los delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios ha admitido que cometió un error en la resolución del pasado 26 de mayo, cuando reclamó a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) un informe sobre Globalia. En realidad, ha aclarado ahora, quería referirse a Innova Next, una empresa del investigado Juan Carlos Barrabés.

Así consta en una nueva resolución del magistrado Juan Carlos Peinado, recogida por ABC, en la que explica, además, que tampoco incluyó que debía informarse a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil de que se debe "dejar sin efecto la petición de informe realizada por este juzgado respecto del rescate de Globalia-Air Europa".

Peinado ha indicado en esta nueva resolución que, una vez emitida su resolución por la que se aquietaba a lo decidido por la Audiencia Provincial de Madrid -sacar de la instrucción el rescate de Globalia en plena pandemia-, advirtió el error, y ahora explica que según la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) los tribunales pueden corregir errores materiales.

Peinado mantiene así la solicitud que efectuó en junio del pasado año sobre «los contratos objeto de la investigación y sobre las posibles irregularidades en las fases de preparación, licitación, adjudicación y ejecución, tanto de manera directa como en UTE, a la sociedad Innova Next SLU».

Cabe recordar que la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid resolvió el pasado 13 de mayo múltiples recursos de apelación interpuestos por la Fiscalía y la defensa de Begoña Gómez, entre otros, contra las actuaciones del juez Peinado.

En ese auto excluía la necesidad de recabar un informe a la SEPI al entender que los hechos relativos a Globalia quedaban fuera del objeto de investigación delimitado al inicio de la instrucción.

«Por estar ya perfilados los hechos objeto de investigación, no podemos admitir la investigación de otros distintos, tal y como hemos mencionado al hacer referencia al Departamento África Center, y ahora en relación a Globalia y la solicitud de documentación a la Sociedad Española de Participaciones Industriales, SEPI, en relación a las ayudas otorgadas a la empresa Air Europa», señalaba el auto.

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